Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Denuncian la actividad de los talleres móviles

Denuncian la actividad de los talleres móviles

Según la Confederación Española de Talleres, las empresas que ofrecen este tipo de servicios no cumplen normas en materia medioambiental (gestión de residuos) , de seguridad industrial y consumo.

Cada vez son más numerosos los denominados «talleres móviles», que ofrecen servicios como la sustitución y reparación de lunas, neumáticos, baterías y otros. Una proliferación que desde la Confederación Española de Talleres (Cetraa) consideran que se fundamenta en una situación de ilegalidad, por no encontrarse regulados ni prohibidos en la normativa actual. Es por ello que la Confederación está estudiando denunciar su actividad.

Según Cetra, ciertos servicios ofertados por estos «talleres» han encontrado en el vacío legal existente la excusa perfecta para el ejercicio de una actividad que, «estando sometida a una regulación específica cuando se ejerce en una instalación industrial, pueden saltarse libremente con el riesgo que supone para la seguridad en su más amplio sentido».

Los talleres legalmente constituidos deben dar cumplimiento a un conjunto de normas en materia medioambiental (gestión de residuos), de seguridad industrial (control de sus instalaciones y reglamentación específica), de ámbito municipal (licencia ambiental), de consumo (garantía de la reparación e información al usuario), que , según la Asociación denunciante, les constituye en garantes de la seguridad vial.

Para esta organización:

El «taller móvil» , sin embargo, difícilmente va a poder dar cumplimiento a toda esta normativa, preguntándose por ejemplo, ¿Cómo y dónde almacenará los residuos generados?, ¿a quién entregará esos residuos?, ¿Qué control metrológico y de seguridad seguirá su maquinaria?, además de convertirse en la puerta de entrada perfecta a una competencia no deseada y que puede causar graves perjuicios al sector.

Desde Cetraa denuncian «el perjuicio que supone su proliferación para el taller legalmente constituido es obvio, como también lo es el perjuicio potencial para el usuario del automóvil, que puede ver seriamente comprometidos sus derechos en materia de consumo».

Por eso solicitan que, en caso de regular la prestación de servicio en la calle, y debido a la escasez de suelo público, «se ordene y regularice por las administraciones en aras a la unidad de mercado y a posibilitar el acceso a cualquier operador; todo lo contrario a lo que viene sucediendo, al favorecer esa ilegalidad sólo a grandes redes que se autodenominan de asistencia y cobertura, y van ganando cuota de mercado ante la pasividad de las autoridades y la frustración del sector».

La normativa actual en materia de Tráfico y el propio Real Decreto de Talleres (1457/1986) ya prevén la actividad del Auxilio en Carretera, como servicio dependiente de un taller y como única actividad que puede realizarse en la vía pública.

Auxilio en carretera que no puede traducirse ni interpretarse como reparación, sino como aquella intervención que permita el traslado del vehículo a un taller. Siendo así, en Cetraa defienden que cualquier otra actividad, al margen de la figura del Auxilio en Carretera, «no debería estar permitida y así se lo hemos trasladado al Ministerio de Industria».

 

Fte: ABC

Comparte en tus redes
Ir al contenido